¿Han cambiado las medidas preventivas contra el anisakis?

En los últimos días han aparecido multitud de noticias que hacen referencia al cambio de las medidas preventivas relacionadas con el anisakis, ampliando el plazo de congelación de pescado crudo a 5 días.

Algunas de estas noticias incluso afirman que este cambio ha venido motivado por un aumento de los casos relacionados con este parásito.

Lo que el consumidor entiende a partir de estas noticias es, o bien que las autoridades sanitarias han hecho nuevas recomendaciones sobre la congelación del pescado para consumirlo de forma segura o que están apareciendo variedades de anisakis resistente a la congelación y que, por lo tanto, hay que aplicar medidas más contundentes para destruir el parásito

Pues bien, ninguna de estas afirmaciones es correcta y desde la Federación Nacional de Asociaciones Provinciales de Pescaderos tradicionales (FEDEPESCA) y la Asociación Madrileña que representa a este colectivo (ADEPESCA) afirman que es totalmente falso que se hayan modificado las medidas preventivas y las recomendaciones de AECOSAN relacionadas con el anisakis en nuestro país.

Desmontando el bulo sobre el anisakis

En la mayoría de las noticias hablan de “autoridades sanitarias” sin especificar ni enlazar la fuente.

En España las recomendaciones oficiales sobre seguridad alimentaria enfocadas al consumidor final las emite la Agencia Española de Consumo, seguridad alimentaria y Nutrición (AECOSAN), que es un órgano adscrito al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Pero una cosa son las recomendaciones (de carácter voluntario), y otra lo que establece la normativa.

Tratamiento del anisakis: recomendaciones al consumidor

Existe legislación en relación con la prevención de la parasitación por anisakis que es de obligado cumplimiento para la industria alimentaria, ésta es el Reglamento 853/2004 y legislación nacional que afecta a los establecimientos en los que se sirve pescado y productos de la pesca

Anisakis: congelar el pescado a -20ºC (24 horas) o a -35ºC (15 horas)

En ambas se establecen como tratamientos obligatorios congelar determinados productos de la pesca que se consumen crudos o poco cocinados a una temperatura igual o inferior a -20ºC durante al menos 24h o a temperatura igual o inferior a -35ºC durante al menos 15h, para garantizar la destrucción del anisakis, o aplicar tratamiento térmico en el producto permitiendo alcanzar 60ºC en el centro del producto.

Desde hace tiempo, en recomendaciones destinadas al consumidor final, AECOSAN ha insistido en la necesidad de congelar los productos de la pesca que vayan a consumirse sin un tratamiento térmico elevado, durante un mínimo de 5 días en los congeladores domésticos de más de tres estrellas.

La legislación obliga a que los equipos de 3 o más estrellas alcancen temperaturas iguales o inferiores a -18ºC, y el usuario debe asegurarse de que su congelador llega a los -20ºC necesarios para destruir el parásito. En equipos de menos potencia no se alcanzarían temperaturas adecuadas y debe descartarse esta opción.

Conclusiones

Ninguna de las normas legales han cambiado ni se ha visto afectada ninguna recomendación reciente. La obligación permanece y la congelación en las condiciones establecidas sigue siendo segura.

Estamos asistiendo a una nueva alarma falsa que no tiene ninguna base científica ni de cualquier otro tipo.

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